miércoles, 30 de marzo de 2011

Jurisdicción aplicable a un contrato de interpretación artística

La sentencia que queríamos comentar hoy es de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo,  y nos ha parecido interesante por el análisis que realiza sobre la juristicción aplicable a la ejecución de los contratos civiles, en este caso de interpretación artística. No es que haya nada distinto de lo que ya sabemos (artículo 21 LCSP) pero analiza de forma muy clara el Iter jurisprudencial y los actos separables (fundamento primero), por ello conviene tenerla a mano en nuestro particular "fondo de armario"

viernes, 25 de marzo de 2011

Las tres farolas, ejemplo de "Economía inSostenible"





























Hoy es Viernes y queríamos acabar la semana con un poquito de humor la foto nos la han enviado por correo  electrónico y bueno... pues nos ha hecho gracia. 
La foto pertenece al municipio de Estepa de de San Juan (Soria) tiene 9 habitantes y le han correspondido 973€ , que viene a ser lo que cuesta el cartelito . En fin ya lo decía  el de la tele  "las que van entrando por las que van saliendo"

miércoles, 23 de marzo de 2011

Cambio en los modelos de licitación de contratos


Poco que añadir se trata de adaptar los modelos de publicacion de las licitaciones a los últimos cambios normativos (Ley 34/2010 y 31/2010) modificando el anexo II del RD 817/2009  y habilitar al ministerio para que pueda mediante orden ministerial modificar en lo sucesivo dichos anexos

Remitido por Miguel H. Javaloyes , Secretario de Alcalà de Xivert

martes, 22 de marzo de 2011

Distinción entre contrato de servicios y concesion de servicios

Muy Buenas hoy queríamos comentar una sentencia del TJUE  que al menos a nosotros no vale de "fondo de armario" ya que recoge el criterio diferenciador de cuando un contrato debe ser considerado de servicios y cuando una concesion de servicios y aunque la conclusion ya la sabíamos(la asunción del riesgo en la explotación) no está de más, tener una sentencia "a mano" para cuando la ocasión lo requiera. (leer más ...)


lunes, 21 de marzo de 2011

Ahora dependemos de que nos den el "placet"

Esta noticia nos ha parecido curiosa, debe ser por la "retranca gallega" ya que para ser tanto interventor como secretario de Vimianzo, hay que pasar una entrevista de la que se da cuenta a la prensa y esperar a que te den el placet como si fueras un embajador, en  fin es lo que hay...

jueves, 17 de marzo de 2011

El Ayuntamiento de Almazora, ejemplo de la "modernización administrativa"

En nuestro Ayuntamiento estamos inmersos, en la ingente tarea de la modernización administrativa, cuestion muy farragosa, pero necesaria, por Ley (11/2007) pero también porque así lo marcan los tiempos que nos ha tocado vivir en la administración pública. Un aspecto fundamental en todo esto es la colaboración entre administraciones, por ello el pasado martes fuimos a visitar el Ayuntamiento de Almazora, donde fuimos agasajados, tanto por  los politicos (señal de que se toman en serio el asunto) como por el (leer más ...)

lunes, 14 de marzo de 2011

Contencioso.es; Premios al mejor Blog Jurídico del 2010

 Queríamos comentar que uno de los Blogs que seguimos "el Blog de Sevach" Contencioso.es, ha sido nominado a mejor Blog jurício del Año 2010, así como mejor enlace jurídico del 2010, nos congratula dicha nominación, con la que sin menospreciar a los demás, estamos muy de acuerdo, ya que JR. Chaves junto con Antonio Arias, es uno de nuestros referentes, en esto de la Blogosfera, por eso os adjunto el enlace, para que voteis, es un momentito
Enlace para Votar

¿Realmente hace falta una ley para esto?

Tras habernos pegado unos añitos opositando, no pensabamos que hubiera una "puerta b", para ser habilitado, ahora, estatal. En fin así nos va...


PD. Si alguien tiene esa ley y nos la quiere pasar...

viernes, 11 de marzo de 2011

Interpretación de la entrada en vigor de la ley 2/2011, respecto a la Ley 30/2007

Muy buenas, como ya sabreis, la ley 2/2011, tenía prisa por hacerse notar, así que fue de aplicación al día siguiente de su publicación en el BOE, (Disposicion final sexagésima, Ley 2/2011) por tanto el estudio de una material tan amplio requiere cierta premura, sobre todo en materia de contratación, no obstante tengamos en cuenta que su aplicación será para aquellos contratos que se vayan ha adjudicar con posterioridad a la entrada en vigor de la Ley (Disposicion transitoria septima, Ley 2/2011) lo cual plantea un "pequeño" problema de interpretación ¿Que ocurre con los expedientes de contratación iniciados ANTES de la entrada en vigor de la Ley 2/2011 y NO  adjudicados que pudieran contravenir la nueva ley?. Recordemos que en la Ley 30/2007 (Disposicion transitoria primera) hace referencia a expedientes iniciados y contratos adjudicados. ¿Debemos entender que es una errata?¿O habrá que modificar los pliegos aprobados, que no hayan sido adjudicados? Nosotros personalmente nos inclinamos por la errata, pero bueno veamos que opina o que soluciones adoptarán otros compañeros que tengan que batallar con esta cuestión

jueves, 10 de marzo de 2011

Resuelto el concurso unitario 2010, para habilitados estatales

Hoy se ha publicado en el BOE la resolución del Concurso unitario del 2010 para habilitados estatales, aquí os dejo un enlace con el Iter que ha seguido y la publicacion en el BOE nº 59 de 10/03/2011

martes, 8 de marzo de 2011

Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.

 Muy Buenos días, ya tenemos aquí la Ley de economía sostenible, como definirla... parece una ley de acompañamiento de presupuestos pero en plan bestia, lo cierto es que tiene muchísima miga y vamos a tener que mirárnosla con mucho detenimiento. Para empezar hemos analizado el índice destacando aquellas materias que inciden, a nuestro juicio directamente sobre la administración local, básicamente en las dos vertientes que tratamos en este blog, es decir las haciendas locales y el ámbito de la contratación pública. Por tanto en esta primera entrada os exponemos los "principales titulares" y conforme vayamos estudiando iremos comentando los aspectos más interesantes o incluso polémicos, y como siempre cualquier apreciación o comentario será bienvenido, saludos y a estudiar.... (leer más...)

Cursos descentralizados INAP 1er semestre 2011

Resolución de 28 de febrero de 2011, del Instituto Nacional de Administración Pública, por la que se convocan cursos incluidos en el Plan de Formación en Administración Local y Territorial para el año 2011, para su ejecución descentralizada.
 

viernes, 4 de marzo de 2011

Distinción entre contratos administrativos especiales y otras figuras

Hoy queríamos destacar una consulta de Junta Consultiva Valenciana, la 9/2009  Es interesante darle un vistado porque en ella se diferencian los contratos adminstrativos especiales de por ejemplo los de servicios, ya que en ocasiones se usa la denominación contrato especial de forma un tanto amplia, maxime cuando el sistema ha cambiado bastante con la ya no tan nueva Ley  de contratos del sector público, es importante leerse los anexos ya que nos podemos llevar más de una sorpresa, respecto a conceptuación de contratos, así leyendo el anexo I  de la LCSP podemos ver que pintar una habitación o poner un espejo constituyen un contrato de obras y no uno de servicios como en principio podría parecer y claro el régimen cambia bastante. En fin es recomendable su lectura ya que en contratación no todo es lo que parece...

saludos

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